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Modo: Corpus Pro

DIVORCIO. SOBRESEIMIENTO IMPROCEDENTE DEL JUICIO DE AMPARO POR MUERTE DE UNO DE LOS CONYUGES (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIAPAS)

Clave: — · Registro digital (IUS): 339660 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 97

Si la quejosa solicita a la Suprema Corte de Justicia que, con fundamento en el artículo 286 del Código Civil del Estado de Chiapas, que establece que: "La muerte de uno de los cónyuges pone fin al juicio de divorcio y los herederos del muerto tienen los mismos derechos y obligaciones que tendrían si no hubiera existido dicho juicio", se sobresea el amparo promovido, por haber fallecido su esposo, tercer perjudicado, tal solicitud de sobreseimiento no está comprendida en ninguno de los casos previstos por los artículos 73 y 74 de la Ley de Amparo, por lo que no ha lugar a sobreseer dicho juicio constitucional, debiéndose estudiar y resolver los conceptos de violación alegados por la quejosa.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/339660-32349dc3/divorcio-sobreseimiento-improcedente-del-juicio-de-amparo-por · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 5236/54. María Elena Zebadúa (menor). 6 de octubre de 1955. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Hilario Medina. Ponente: Gilberto Valenzuela.

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