QUEJA, COMPETENCIA PARA CONOCER DEL RECURSO DE.
Antes de la reforma constitucional que creó los Tribunales de Circuito, la Suprema Corte de Justicia estudiaba y resolvía tanto las violaciones de procedimiento como las de fondo que se alegaban en la demanda de garantías, y la reforma dicha, otorgando competencia a los Tribunales Colegiados de Circuito para conocer y resolver las violaciones de procedimiento que se alegaran en una demanda de amparo, es un mandamiento dictado para el mejor despacho de los asuntos: al mismo tiempo es menester considerar que a la Suprema Corte de Justicia se reserva el estudio y la decisión de las cuestiones de fondo en los juicios de garantías porque estas resoluciones dan término en forma definitiva a los juicios de amparo; y si en un caso quien dictó la resolución de fondo fue la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia, corresponde a la Suprema Corte el estudio y la resolución de la queja interpuesta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/339761-214b47e2/queja-competencia-para-conocer-del-recurso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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