CONSTRUCCIONES, DAÑOS CAUSADOS A LAS.
El hecho de que la casa dañada por la contigua haya sido construida desde hace mucho tiempo, no significa que su propietario deba soportar los daños que le ocasionen los edificios de reciente construcción, ni que no tenga derecho a la indemnización correspondiente, puesto que lo importante es determinar si la nueva construcción afectó a la antigua y en qué medida, para valorar los daños.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/339897-8c390216/construcciones-danos-causados-a-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 3222/54. Naude María. 1o. de agosto de 1955. Unanimidad de cinco votos. Relator: Mariano Ramírez Vázquez.
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