Corpus
Modo: Corpus Pro

DIVORCIO, INJURIAS COMO CAUSAL DE (LEGISLACION DE VERACRUZ).

Clave: — · Registro digital (IUS): 340092 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 289

No puede admitirse como causal de divorcio consistente en injurias grave el hecho de que un cónyuge haya pedido la nulidad del matrimonio por causa que no haya justificado en virtud de que ésta es una causa precisa, especial de divorcio, señalada en el artículo 142 del Código Civil y ante el texto expreso, no cabe la aplicación por analogía ni por mayoría de razón, del artículo 141, fracción X, del mismo código.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/340092-a8a51768/divorcio-injurias-como-causal-de-legislacion-de-veracruz · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 5418/54. Pérez de Fernández Tadeo Amada. 20 de abril de 1955. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Alfonso Ramírez Vázquez no votó por las razones que constan en el acta del día. Relator: Mariano Ramírez Vázquez.

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