Corpus
Modo: Corpus Pro

ARRENDAMIENTO, ENTREGA DE LA COSA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 341182 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 784

Comprobado que no llegó a demostrarse que el inquilino hubiera sabido del cambio de dueño de la cosa materia del contrato, es evidente que al desocupar no puede devolver las llaves al nuevo propietario, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 2431 del Código Civil, para el Distrito y Territorios Federales, su obligación queda satisfecha al consignar ante el juzgado respectivo las llaves de la finca, a disposición del propietario anterior, sin que a partir de esa fecha deba cubrir las rentas convenidas.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/341182-7511faff/arrendamiento-entrega-de-la-cosa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 2559/53. Rodríguez Cosío José. 3 de febrero de 1954. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Vicente Santos Guajardo. Relator: Vicente Santos Guajardo. Engrose: José Castro Estrada.

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