LEYES, VIGENCIA DE LAS, EN OTROS ESTADOS.
Las leyes vigentes en un estado de la República no pueden ni deben estimarse como extranjeros en otro y por ello sujetas a prueba.
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 708/52. Cisneros de Otero Mercedes. 5 de Marzo de 1954.Unanimidad de cinco votos. Relator: José Castro Estrada.
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