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Modo: Corpus Pro

APARCERIA EN MICHOACAN, INCONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 341408 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2919

La Suprema Corte ha declarado inconstitucional la Ley de Aparcería de Michoacán, porque impone modalidades a la propiedad privada, no obstante que la imposición de dichas modalidades está reservada exclusivamente a la nación, y no puede entenderse que las autoridades locales sean los órganos destinados a ejercitar sus facultades, pues siendo una facultad reservada al Congreso Federal, la Legislatura de un Estado no puede (con arreglo al artículo 124 del magno Código Político) pretender que goza de esa misma autorización, siendo de advertirse que el artículo 133 de la mencionada Constitución obligada a los jueces a obedecerla y respetarla, según cuales fueren las disposiciones que en contrario contengan las constituciones o leyes locales.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/341408-143e09b7/aparceria-en-michoacan-inconstitucionalidad-de-la-ley-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 8018/50. Pardo Z. José. 8 de septiembre de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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