RECLAMACION, ESTUDIO DE SU LEGALIDAD POR MOTIVOS DISTINTOS A LOS ALEGADOS.
La potestad jurisdiccional del órgano ad que en el recurso de reclamación configurado por los artículos 103 de la Ley de Amparo y 13, fracción VII de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, no está constreñido o limitada para revisar la legalidad del acto del órgano a que, por los motivos de impugnación alegados por el recurrente, en virtud de que toda limitación en los poderes del órgano revisor debe derivar expresamente de una disposición legal, como la establecida en los artículos 79, 88, y 190 de la Ley de Amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/341431-34975e0c/reclamacion-estudio-de-su-legalidad-por-motivos-distintos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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