LETRAS DE CAMBIO, REQUISITOS DE LAS.
No es necesario que en la letra de cambio se haga mención expresa de la orden incondicional al girado para pagar una suma de dinero, sino que basta que esa orden no se sujete a condición alguna, para que se considere satisfecho el requisito de incondicionalidad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/341508-eae3db87/letras-de-cambio-requisitos-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 4064/53. Marín Canalizo Joaquín. 26 de noviembre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Rafael Rojina Villegas. El Ministro Gabriel García Rojas no intervino por las razones que constan en el acta del día.
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