EDIFICIOS, DAÑOS CAUSADOS POR LOS.
Los edificios pesados son en México una cosa riesgosa, peligrosa por si misma, atento a la naturaleza del subsuelo de la ciudad, y debe reportar el riesgo quien se beneficie con la utilización de la cosa, por lo que en caso de daño causado por un edificio a otro, no es el constructor el responsable, por lo que si se condena al dueño a indemnización, no puede repetir en contra del constructor.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/341873-5a57442b/edificios-danos-causados-por-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 371/52. Mason de Montaño Betty. 5 de diciembre de 1952. Mayoría de tres votos. Disidentes: Rafael Rojina Villegas y Vicente Santos Guajardo. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
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