PRESCRIPCION POSITIVA, INTERRUPCION DE LA.
Si la prescripción positiva ya se había operado en favor del poseedor del inmueble, cuando se hizo de su conocimiento la acusación penal presentada en su contra, por el delito de despojo del propio inmueble es claro que no podía interrumpirse tal término de prescripción, que ya se había consumado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/342507-e2959923/prescripcion-positiva-interrupcion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 3734/51. Acevedo Julián. 25 de octubre de 1951. Mayoría de tres votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. Disidente: Carlos I. Meléndez. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
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