Corpus
Modo: Corpus Pro

COMPRAVENTA DE INMUEBLES (LEGISLACION DE NUEVO LEON).

Clave: — · Registro digital (IUS): 342523 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1104

Para determinar la superficie de terreno vendida, debe estarse a lo que se estipule en el título respectivo, de acuerdo con el artículo 2184 del Código Civil, precepto que establece que si se expresan los linderos en la venta de un inmueble, lo vendido será todo lo que dentro de ellos se comprenda, aunque haya exceso o disminución en las medidas expresadas en el contrato.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/342523-926a7f4d/compraventa-de-inmuebles-legislacion-de-nuevo-leon · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 2686/51. Cantú Garza Ismael y coag. 7 de noviembre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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