SOBRESEIMIENTO EN EL AMPARO, EFECTOS DEL.
La resolución que sobresee en un juicio de garantías, ningún efecto produce en cuanto al fondo de la cuestión planteada y sólo deja subsistente el acto reclamado, sin entrar en consideraciones sobre su constitucionalidad, ya que el sobreseimiento implica el estudio exclusivo de las causas de improcedencia. Por tanto, si nada se establece jurídicamente en cuanto al fondo del amparo, no puede decirse que la resolución de sobreseimiento constituye cosa juzgada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/342782-5b019a81/sobreseimiento-en-el-amparo-efectos-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 8738/48. Gutiérrez Ruperto y coags. 5 de abril de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
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