Corpus
Modo: Corpus Pro

POSESION, LA NEGATIVA DE SUSPENSION DEFINITIVA, NO LA HACE DESAPARECER.

Clave: — · Registro digital (IUS): 343585 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 984

No es exacto que la simple negativa de la suspensión de los actos que se estiman atentatorios, signifique o traiga como consecuencia el despojo, del terreno de que las quejosas se dicen dueñas, si las mismas ocurrentes confiesan están en posesión de ese terreno y la sentencia dictada por el Juez responsable se limita a absolver de la demanda interpuesta por las mismas quejosas, a la parte demandada, lo que significa que únicamente se desconocen los derechos de propiedad que, por prescripción, las quejosas dicen haber obtenido sobre el terreno a que se refieren.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/343585-a3b9b5f7/posesion-la-negativa-de-suspension-definitiva-no-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil. Revisión en el incidente de suspensión 3526/50. Moncada Ignacio y coaga. 29 de julio de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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