Corpus
Modo: Corpus Pro

BIENES REMATADOS, SUSPENSION DE SU ENTREGA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 343930 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 1073

Si la propia autoridad responsable manifiesta que, aunque ya ordenó que se entregara al rematante el bien rematado y se otorgara la factura correspondiente, estos hechos todavía no han tenido lugar,no hay motivo para negar la suspensión definitiva de estos actos, ya que, tratándose de intereses meramente individuales, el caso puede juzgarse comprendido dentro de las disposiciones contenidas en el artículo 124 de la Ley de Amparo;por cuyo motivo procede conceder la suspensión definitiva de esos actos. Pero como esta suspensión podría traducirse en daños y perjuicios para el tercer interesado, el ciudadano Juez de Distrito debe concederla previo el otorgamiento de una garantía suficiente que asegure el pago de esos perjuicios.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/343930-7e2eaf2b/bienes-rematados-suspension-de-su-entrega · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 268/50. Industrial Resinera S. de R. L. (Quiebra) y coaga. 29 de abril de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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