ESCRITURAS PUBLICAS, COPIAS CERTIFICADAS DE LOS TESTIMONIOS DE LAS (LEGISLACION DE TAMAULIPAS).
La copia certificada del testimonio de una escritura, expedida por un Notario Público, con fundamento en la fracción III del artículo 2204 del Código Civil, hace prueba plena conforme a dicho precepto y al 129 del Código Federal de Procedimientos Civiles. este último establece que son documentos públicos aquellos cuya formación esta encomendada por la ley, dentro de los límites de su competencia, a un funcionario revestido de fe pública, y los expedidos por funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones; y aquel previene que con el carácter de funciones de fe pública, compete a los notarios expedir copias de documentos que tengan a la vista. por otra parte, el artículo 207 del Código Federal de Procedimientos Civiles dispone que las copias hacen fe de la existencia de los originales, y sólo cuando se pone en duda la existencia de estos, se ordenará el cotejo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/344196-0f72817b/escrituras-publicas-copias-certificadas-de-los-testimonios-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- ESCRITURAS PUBLICAS, COPIAS DE LAS. (s/clave)
- ESCRITURAS PUBLICAS, SEGUNDAS COPIAS DE LAS (s/clave)
- TITULOS EJECUTIVOS, REQUISITOS PARA QUE SEGUNDAS COPIAS DE ESCRITURAS PUBLICAS LO CONSTITUYAN. (s/clave)
- ESCRITURAS PUBLICAS, COPIAS DE LAS. (s/clave)
- COPIAS CERTIFICADAS. A QUIEN CORRESPONDE SOLICITAR SU COTEJO EN CASO DE DUDA SOBRE SU EXACTITUD. (s/clave)
- ESCRITURAS PUBLICAS, COPIAS DE LAS, QUE NO SON TITULOS EJECUTIVOS (LEGISLACION DE GUANAJUATO). (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis