FACTURAS, SU VALOR PROBATORIO EN JUICIO DE TERCERIA.
La Suprema Corte de Justicia ha establecido que las facturas presentadas como base de una acción de tercería, no tienen por si solas valor probatorio alguno, sino que deben ser adminiculadas con otras pruebas. Por tanto, si la factura presentada por el tercerista, que aparece le fue endosada por el ejecutado y que ampara el vehículo embargado, no fue robustecida con otros medios de convicción, de los que se advierte que la posesión del vehículo la continuo teniendo el ejecutado y que este aparece como propietario en la dirección de tránsito, de ello se sigue que la autoridad responsable obró legalmente al declarar improcedente la acción de tercería.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/344347-acf1ae61/facturas-su-valor-probatorio-en-juicio-de-terceria · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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