POSESION, PRUEBA DE LA (PRESCRIPCION POSITIVA).
La certificación expedida por un delegado del Departamento del Distrito Federal, no puede acreditar la posesión, ni menos aún los requisitos necesarios, conforme a la ley, para la prescripción positiva, porque no se trata de un hecho que pueda certificar el mencionado delegado, por ser ajeno a sus funciones; y tampoco es susceptible de acreditarse ese hecho mediante una inspección ocular, atento el carácter momentáneo de ésta, en tanto que la posesión contínua y pública implica una situación permanente, durante los plazos que señala la ley para que opere la prescripción positiva.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/344459-41624a4d/posesion-prueba-de-la-prescripcion-positiva · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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