QUEJA EN EL AMPARO, PROCEDENCIA DE LA.
Debe declararse que es procedente la queja, si a pesar de la deficiente exposición de hechos que contiene el escrito respectivo, puede colegiarse que la queja se encuentra comprendida en una fracción del artículo 95 de la Ley de Amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/344776-dcb17fd6/queja-en-el-amparo-procedencia-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil 653/48. Estrada Velázquez Daniel. 7 de mayo de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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