AGRAVIOS EN LA REVISION DEL INCIDENTE DE SUSPENSION.
Los agravios que el quejoso hace consistir en la incompetencia del Juez, para conocer del amparo en el cual se dictó la interlocutoria de suspensión que se revisa, son infundados, porque no tienen relación alguna con la interlocutoria citada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/344899-ece2677a/agravios-en-la-revision-del-incidente-de-suspension · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 6695/48. Oroza Macario y coags. 8 de enero de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Octava Parte, Común, página 153, tesis 100, de rubro "COMPETENCIA EN INCIDENTES DE SUSPENSION Y EN FIANZAS.".
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