APELACION, MATERIA DE LA (LEGISLACION DEL ESTADO DE MEXICO.)
El recurso de apelación, de acuerdo con el artículo 423 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de México, tiene por objeto que el tribunal confirme, revoque o modifique la sentencia o el auto dictado en la primera instancia, pero sólo en los puntos relativos a los agravios expresados y no en los no comprendido en éstos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/345161-e7449963/apelacion-materia-de-la-legislacion-del-estado-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 2087/48. Rojas Celestino y coag. 16 de marzo de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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