EMBARGOS EN JUICIOS EJECUTIVOS, SUSPENSION IMPROCEDENTE TRATANDOSE DE.
Si se suspendiera el embargo, se paralizaría la prosecución del juicio ejecutivo, ya que es esencial en el procedimiento que se sigue en éste, el embargo de los bienes de los demandados, puesto que en caso de no llevarlo a cabo, no podría formarse la sección de ejecución, ni dictarse sentencia, puesto que ésta tiene por objeto declarar si ha lugar a hacer trance y remate de los bienes embargados. De lo expuesto resulta que no se reúnen en el caso los requisitos de las fracciones II y III, del artículo 124 de la Ley de Amparo, para que proceda la suspensión definitiva.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/345191-3a507aee/embargos-en-juicios-ejecutivos-suspension-improcedente-tratandose-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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