DOCUMENTOS PROVENIENTES DE TERCEROS.
Carecen por sí solos de valor, y por lo mismo, deben ser adminiculados con los testimonios de sus firmantes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/346147-7812790e/documentos-provenientes-de-terceros · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 8256/46. V. de Blanco Oliveria. 10 de marzo de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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