COSTAS, APRECIACION DE LA TEMERIDAD PARA EL EFECTO DE LA CONDENACION AL PAGO DE.
Debe desestimarse el concepto de violación en que se reclame que el tribunal responsable indebidamente consideró que no hubo temeridad ni mala fe en la parte actora, para absolverla del pago de las costas, si no aparece que dicha autoridad haya usado arbitrariamente de la facultad que tiene para apreciar la temeridad y mala fe de los litigantes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/346267-ba9bdc47/costas-apreciacion-de-la-temeridad-para-el-efecto · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 6617/43. Fuente Alfredo de la, y coagraviado. 23 de octubre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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