INTERDICCION, DECLARACION DEL ESTADO DE.
El estado de interdicción de una persona debe ser declarado por la autoridad judicial correspondiente; y la ley no autoriza que la incapacidad de un hijo, pueda ser declarada por los padres.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/346717-247d4e88/interdiccion-declaracion-del-estado-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo Civil 3736/36. Quintanilla Candelario y coagraviado. 5 de septiembre de 1947. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Hilario Medina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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