EXCUSA LEGAL DE LOS JUECES DE DISTRITO.
La excusa propuesta por el Juez de Distrito, esta comprendida en el artículo 66, fracción IV, de la Ley de Amparo, si las autoridades responsables en el juicio de amparo actuaron diligenciando un exhorto procedente del propio Juez de Distrito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/347252-6710a815/excusa-legal-de-los-jueces-de-distrito · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Excusa 6/47. Juez primero de Distrito en el Estado de Veracruz. 8 de marzo de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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