PRUEBAS, APRECIACION DE LAS.
El juzgador, para conceder o negar fuerza probatoria a las pruebas que le presenten las partes, tiene que expresar los motivos; si que, por lo mismo, sea necesario que los mismos se los indiquen los interesados.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/347255-83543d67/pruebas-apreciacion-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 7568/45. Siliceo de Díaz Consuelo. 8 de marzo de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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