CONSIGNACION HECHA POR AUTORIDADES CIVILES.
La simple consignación hecha por una autoridad civil no puede ser violatoria de garantías, toda vez que sólo constituye una denuncia que podrá, o no, traducirse en actos perjudiciales para el consignado, y en caso afirmativo, tales actos no serán causados por la sola consignación, ni emanados de la autoridad que la hizo, sino de otra distinta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/347851-db3e923e/consignacion-hecha-por-autoridades-civiles · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 4850/44. Doria Felipe. 19 de septiembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. Ponente: Hilario Medina.
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