JURISDICCION VOLUNTARIA, POSESION DADA EN VIA DE.
Como la posesión dada a la agraviada en vía de jurisdicción voluntaria surtía efectos sin perjuicio de los derechos de tercero, no puede privarse a la opositora de los derechos que alegue tener sobre el inmueble en cuestión, sino mediante juicio en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/347965-2a3beb84/jurisdiccion-voluntaria-posesion-dada-en-via-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 2413/45. Dávalos Guadalupe. 11 de abril de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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