IMPEDIMENTOS DE LOS MAGISTRADOS DE CIRCUITO.
La fracción II del artículo 74 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, estatuye que los Magistrados de Circuito están impedidos para conocer en asuntos penales, administrativos y civiles, por tener amistad íntima con alguna de las personas a que se refiere la fracción I, del mismo precepto. Ahora bien, aunque el Magistrado de Circuito que se considere impedido con fundamento en esa disposición legal, no exprese qué grado de parentesco lo liga con las partes, debe decirse que la justificación de los impedimentos está sujeta al criterio del juzgador frente a la situación que prevé la ley y en que personalmente se encuentre colocado, anticipándose a todo juicio que lo señale como carente de imparcialidad en sus fallos, y por ello, el Código Federal de Procedimientos Civiles, al aumentar en su artículo 39 las causas por las que los Ministros y Jueces están impedidos para conocer de un negocio, comprende la de encontrarse en una situación que pueda afectar su parcialidad en forma análoga o más grave que las mencionadas en dicho precepto legal; y si en el caso no ha habido oposición de parte y se trata de un juicio ejecutivo mercantil, que se rige por el Código de Comercio, el que en su artículo 1132, fracción XII, dispone que todo Magistrado o Juez se tendrá por forzosamente impedido para conocer, si fuere pariente por consanguinidad o afinidad del abogado o procurador de alguna de las partes, en los mismos grados que expresa la fracción II del mismo precepto; en su artículo 1133 preceptúa que las causas de impedimento no pueden ser dispensadas por voluntad de los interesados, con excepción del caso de recusación, y en su artículo 1150 previene que la calificación de la excusa se hará por el funcionario o funcionarios que deben conocer de la recusación, cabe tener por ciertos los motivos de impedimento y admitirlo como legal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/348080-db035b1f/impedimentos-de-los-magistrados-de-circuito · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- MAGISTRADOS, IMPEDIMENTOS EN EL AMPARO DE LOS, CUANDO NO SE FUNDAN EN LA LEY DE LA MATERIA. (s/clave)
- MAGISTRADOS, IMPEDIMENTOS DE LOS. INAPLICABILIDAD DEL ARTICULO 74 DE LA LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION EN MATERIA DE AMPARO. (s/clave)
- IMPEDIMENTOS EN AMPARO. NO SON APLICABLES LAS CAUSAS ENUMERADAS EN LA LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL FEDERAL. CASOS LEGALES QUE JUSTIFICAN LOS IMPEDIMENTOS DE LOS JUECES FEDERALES (s/clave)
- IMPEDIMENTOS DE LOS MAGISTRADOS DE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO. (s/clave)
- EXCUSAS DE LOS FUNCIONARIOS JUDICIALES FEDERALES. (s/clave)
- IMPEDIMENTO. NO PROCEDE CALIFICAR DE LEGAL EL PLANTEADO POR UN MAGISTRADO DE UN TRIBUNAL UNITARIO DE CIRCUITO, PARA CALIFICAR UN DIVERSO IMPEDIMENTO DE UN JUEZ DE DISTRITO EN UNA C (PC.XXVII. J/2 K (11a.))
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis