CONVENIOS JUDICIALES, EJECUCION DE LOS.
La resolución que aprueba un convenio judicial debe considerarse como sentencia definitiva, y por lo mismo, el auto dictado en ejecución de esa resolución, no admite mas recurso que el de responsabilidad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/348225-e7412336/convenios-judiciales-ejecucion-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 6145/44. López Ramos José. 30 de enero de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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