CONVENIOS JUDICIALES.
Los efectos jurídicos de los convenios judiciales, no pueden equipararse jamás, a los de la sentencia definitiva, en lo que va a los derechos de terceros extraños al juicio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/283623-8c3e6690/convenios-judiciales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Competencia en amparo civil 167/24. Suscitada entre los Jueces Segundo Supernumerario de Distrito, del Distrito Federal y Primero de lo Civil de la capital. 27 de julio de 1925. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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