REMATES, INMINENCIA DE LOS.
El acto de sacar a remate un bien, no es inminente, si todavía no se han llenado los trámites necesarios para lograr esa diligencia, y, por ende, no se sabe todavía cuándo tendrá lugar, y en esa virtud la suspensión no procede.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/348301-981db1bc/remates-inminencia-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 96/46. Frías José Trinidad. 23 de febrero de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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