LETRAS DE CAMBIO, AUTONOMIA DE LAS.
La letra de cambio constituye un documento negociable, por ser a la orden, ya que así deben entenderse los títulos en que no se consigna lo contrario, y aunque la propia letra haya sido otorgada para garantía del contrato que le dio origen, tal circunstancia no le resta autonomía a dicho documento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/348391-8e19373e/letras-de-cambio-autonomia-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 2362/45. "Gremio Unido de Alijadores", S. C. de R. L. 28 de marzo de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. Ponente: Vicente Santos Guajardo.
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