JUECES DE PRIMERA INSTANCIA, CUANDO DEBEN INTERPONER REVISION.
Debe desecharse el recurso de revisión interpuesto por el Juez de primera instancia responsable, porque cuando las autoridades actúan resolviendo una controversia y su resolución es atacada en amparo, carecen del derecho de interponer revisión, por falta del interés, que es necesario para la prosecución del juicio y de él sólo son titulares el quejoso y el tercer perjudicado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/348676-8ac9c983/jueces-de-primera-instancia-cuando-deben-interponer-revision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 7324/36. Maza Francisco y coagraviados. 10 de agosto de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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