ACTO RECLAMADO, INEXISTENCIA DEL.
Si el quejoso no reclama acto alguno de una de las autoridades que señala como responsable, debe sobreseerse en el amparo, por lo que respecta a dicha autoridad con fundamento en la fracción IV, del artículo 73 de la ley reglamentaria del juicio de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/348881-d974b6b7/acto-reclamado-inexistencia-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 5973/43. Gamboa Carlos. 20 de abril de 1945. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Vicente Santos Guajardo no votó en este negocio, por las razones que expresa en el acta del día. Relator: Agustín Mercado Alarcón.
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