NULIDAD.
En nuestro derecho las nulidades son de estricta aplicación, por lo que sólo pueden declararse nulos los actos o contratos que la ley determina.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/348962-f2caaf11/nulidad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 2580/42. Ojeda Patiño Sabás. 8 de junio de 1945. Mayoría de tres votos. Disidentes: Emilio Pardo Aspe y Carlos I. Meléndez. Ponente: Vicente Santos Guajardo.
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