Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

VENTA EN ABONOS, RESCISION DE LA, POR FALTA DE PAGO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 349096 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 898

No habiéndose pactado expresamente en el contrato, que la falta de pago de uno o varios abonos, ocasionaría la rescisión de dicho contrato, debe estimarse que la acción de rescisión ejercitada por esa falta de pago es improcedente, porque la exigencia del pacto expreso a que se refiere el artículo 2310, fracción I, del Código Civil del Distrito Federal, implica una excepción a la regla general establecida por el artículo 1949 del mismo código, según el cual, la condición resolutoria va implícita en todo contrato bilateral.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/349096-f3413a2a/venta-en-abonos-rescision-de-la-por-falta · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 2117/43. Urbanismo, Sociedad de Responsabilidad Limitada y Capital Variable. 17 de enero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro José Rebolledo fue designado por el Pleno de este Alto Tribunal para sustituir al ciudadano Presidente de la Sala, Carlos I. Meléndez. El Ministro Emilio Pardo Aspe no votó en este negocio por la razón que se expresa en el acta del día. Relator: Agustín Mercado Alarcón.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis