EXCEPCIONES, ADMISION DE LAS.
El juicio de garantías es improcedente contra la resolución que niega la revocación del auto que tuvo por contestada la demanda y por opuestas las excepciones, ya que en el procedimiento existen medios de defensa contra esa resolución, pues en la sentencia definitiva será donde se resuelva sobre la procedencia de las excepciones opuestas por el demandado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/349201-6e247b13/excepciones-admision-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 2777/44. Mendiola viuda de García Carmen y coagraviados. 9 de febrero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. Relator: Hilario Medina.
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