FIANZA, MONTO DE LA.
Si para determinar el monto de la fianza se calcula la suma de las rentas que puede producir la casa embargada en el término de tres años, duración máxima en que definitivamente puede ser fallado el amparo, la cantidad resultante es excesiva, si la parte recurrente no va a recibir las rentas del inmueble, sino que es el depositario quien las está percibiendo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/349671-b8030a6e/fianza-monto-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil 591/44. Olvera Francisco, sucesión de. 7 de octubre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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