REPRESENTANTE COMUN, FACULTADES DEL.
Una vez designado el representante común, desaparecen las personalidades de sus representados, quienes no pueden ejercitar aisladamente su acción. Aquél viene a ser un mandatario de éstos, con facultades de representación aun fuera del juicio, siempre que sea para defender los derechos a que el mismo se refiere; y ni aun la ausencia del representante común faculta a sus representados para promover aisladamente, sin perjuicio de exigirle responsabilidades por los daños y perjuicios que con su actitud les ocasione. Finalmente, el representante común puede promover amparo con ese carácter, siempre que el juicio así lo requiera.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/349694-cfebec83/representante-comun-facultades-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- REPRESENTANTE COMUN. (s/clave)
- REPRESENTANTE COMUN, FACULTADES DEL. (s/clave)
- REPRESENTANTE COMUN, FACULTADES DEL. (s/clave)
- REPRESENTANTE COMUN DESIGNADO EN EL JUICIO NATURAL. PUEDE PROMOVER JUICIO DE AMPARO A NOMBRE DE SUS REPRESENTADOS. (3a. 11.)
- REPRESENTANTE COMUN DESIGNADO EN EL JUICIO NATURAL. PUEDE PROMOVER JUICIO DE AMPARO A NOMBRE DE SUS REPRESENTADOS. (3a. 11)
- REPRESENTANTE COMUN DESIGNADO EN EL JUICIO NATURAL. PUEDE PROMOVER JUICIO DE AMPARO A NOMBRE DE SUS REPRESENTADOS. (461)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis