NOTARIOS.
No tienen el carácter de autoridades, para los efectos del amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/349958-39c72174/notarios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó en parte la demanda 4023/44. Riveroll de Pellón Ramona. 14 de julio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Agustín Mercado Alarcón no intervino en este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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