RESPONSABILIDAD CIVIL OBJETIVA, PRUEBA TESTIMONIAL, PARA ACREDITARLA.
Aunque la prueba testimonial haya sido imperfecta, por lo que ve a las circunstancias en que tuvo lugar el atropellamiento sufrido por el quejoso, si los testigos estuvieron conformes en sus declaraciones, en que dicho quejoso fue víctima de lesiones, por haber caído bajo las ruedas de un remolque de la compañía de tranvías, esto era bastante para que por aplicación del principio de la responsabilidad objetiva, consignada en el artículo 1913 del Código Civil del Distrito Federal, se hubiera decretado la correspondiente indemnización.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/350067-136a4e7c/responsabilidad-civil-objetiva-prueba-testimonial-para-acreditarla · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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