COSTAS, TEMERIDAD PARA EL EFECTO DE LA CONDENACION AL PAGO DE LAS.
Los códigos procesales invisten a la autoridad común de facultades para calificar la temeridad con que se hayan conducido los litigantes. Para ello deben precisar las condiciones en que se colocó la parte a quien se condena en costas, apreciándolas razonadamente y exponiendo los motivos de esa condena; y si el promovente del amparo no destruye con prueba plena los hechos que fundan esas argumentaciones que sirvieron para condenarlo al pago de costas, es evidente que no acredita la violación de garantías en su perjuicio, por lo que debe negársele la protección federal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/350291-9dcc08c8/costas-temeridad-para-el-efecto-de-la-condenacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- COSTAS, TEMERIDAD COMO REQUISITO PARA EL PAGO DE LAS. (s/clave)
- COSTAS, TEMERIDAD PARA EL EFECTO DE LA CONDENACION AL PAGO DE LAS. (s/clave)
- COSTAS, CONDENACION AL PAGO DE LAS. (s/clave)
- COSTAS, APRECIACION DE LA TEMERIDAD Y MALA FE, PARA LA CONDENACION AL PAGO DE LAS. (s/clave)
- COSTAS, APRECIACION DE LA TEMERIDAD PARA EL EFECTO DE LA CONDENACION AL PAGO DE. (s/clave)
- COSTAS, APRECIACION DE LA TEMERIDAD PARA CONDENAR AL PAGO DE LAS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis