Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

CONCEPTOS DE VIOLACION EN QUE NO SE EXPRESA LA LEY VIOLADA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 350417 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 2959

El artículo 166, fracción VII, de la Ley de Amparo, ordena que en la demanda de garantías deberá expresarse "La ley que en concepto del quejoso se haya aplicado inexactamente o la que dejó de aplicarse, cuando las violaciones reclamadas se hagan consistir en inexacta aplicación de las leyes de fondo". De acuerdo con este precepto, es al quejoso a quien corresponde decir qué ley se aplicó inexactamente, o qué ley dejó de aplicarse, y si no lo hace, la Suprema Corte de Justicia no puede aceptar como correcto el agravio, porque está prohibido suplir la deficiencia de la queja.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/350417-90c007e8/conceptos-de-violacion-en-que-no-se-expresa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 3147/41. Oliva Villagrana Juan, sucesión de. 9 de febrero de 1944. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Emilio Pardo Aspe, no intervino en la votación de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis