JURISDICCION VOLUNTARIA.
No basta tener personalidad para oponerse a las diligencias relativas, que el promovente haya señalado como colindante al que pretende tener esa personalidad si tal señalamiento no aparece comprobado en autos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/350567-3dd85a13/jurisdiccion-voluntaria · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civiles acumulados en revisión 8072/43. Agüero Yarto Ricardo y coagraviados. 30 de marzo de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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