MENORES.
Aunque se les declare confesos en las posiciones que se les articulan, no por eso quedan ligados jurídicamente, en perjuicio de sus derechos, ni puede estimarse que los han renunciado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/350569-2586494d/menores · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 230/43. Martínez Vargas Casto. 31 de marzo de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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