COMPETENCIA JURISDICCIONAL, AMPARO CONTRA RESOLUCIONES DICTADAS EN MATERIA DE.
No es cierto que la competencia jurisdiccional sea extraña al juicio de garantías, pues esa afirmación se haya condenada por la fracción IX del artículo 107 de la Constitución Federal. Por tanto, debe estimarse procedente el juicio de garantías contra la resolución por la cual la autoridad responsable se declaró incompetente para conocer del juicio promovido por el quejoso, ya que se trata de un acto dentro del juicio, de ejecución inmediata e irreparable, que no puede ser combatido mediante recurso ordinario alguno, y que produce el efecto de que el Juez ante quien se presentó la demanda, se abstenga de conocer del negocio y de actuar en él, y precisamente por esta imposibilidad, no puede dicho Juez volver sobre la decisión de incompetencia y reparar el agravio causado, ya que su actuación concluyó al dictar la resolución reclamada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/350736-82910adc/competencia-jurisdiccional-amparo-contra-resoluciones-dictadas-en-materia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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