ACTOS CONSUMADOS EN FORMA IRREPARABLE, CUANDO NO LO ESTAN (ARRENDAMIENTO, PRORROGA DEL).
Si la sentencia de segunda instancia reclamada en el amparo, confirmó la de primera, que condenó a la prórroga del contrato de arrendamiento por un año, y este plazo ya transcurrió en el momento de resolverse el amparo, podría considerarse que el acto reclamado se consumó en forma irreparable por el transcurso del tiempo; pero si la sentencia reclamada generó derechos y obligaciones para los contratantes aparte de que impuso las costas a los demandados, estas consecuencias jurídicas impiden que en el caso se estime consumado el acto en forma irreparable y debe resolverse el amparo en cuanto al fondo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/351180-40dfd643/actos-consumados-en-forma-irreparable-cuando-no-lo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- ACTOS CONSUMADOS DE UN MODO IRREPARABLE. (s/clave)
- ACTOS CONSUMADOS DE MODO IRREPARABLE. (s/clave)
- ACTOS CONSUMADOS DE MODO IRREPARABLE, CUALES NO SON. (s/clave)
- ACTOS CONSUMADOS (s/clave)
- ACTOS CONSUMADOS, QUE DEBE ENTENDERSE POR. (s/clave)
- ACTOS CONSUMADOS IRREPARABLEMENTE. TIENEN ESA CALIDAD LOS QUE, ANTE LA INMUTABILIDAD DE LA COSA JUZGADA, NO ADMITEN REPARACIÓN A TRAVÉS DE UNA SENTENCIA DE AMPARO. (I.4o.C.45 K)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis