INTERVENCION CON CARGO A LA CAJA, SUSPENSION PROCEDENTE EN CASO DE.
Si en virtud de un embargo llevado a cabo en bienes del quejoso, con el carácter de intervención, se le restringe en el ejercicio de la posesión de sus bienes y se le priva de los frutos de los mismos, por tratarse de una intervención con cargo a la caja, la suspensión debe concederse para impedir que el interventor nombrado siga actuando, ya que esto trae al quejoso perjuicios de difícil reparación, y como se trata de una contienda entre particulares y no se contravienen disposiciones de orden público, es claro que la suspensión en tal caso, debe concederse, sobre todo, si se otorga el requisito de fianza prevenido por la ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/351215-4d59bf50/intervencion-con-cargo-a-la-caja-suspension-procedente · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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